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Vivienda | Ayudas para facilitar el acceso y mantenimiento de la vivienda habitual

Vivienda | Ayudas para facilitar el acceso y mantenimiento de la vivienda habitual

Fecha de inicio
09/11/2026

Fecha de fin:
20/11/2026

Categoría:
#Plan de Vivienda #Trámites y Plazos

(Esta guía tiene carácter informativo. La convocatoria y sus bases reguladoras son los documentos que establecen las condiciones completas de las ayudas)

ANTES DE INICIAR EL TRÁMITE:

1) COMPRUEBA QUE CUMPLES LOS REQUISITOS

  • Ser mayor de edad y cumplir los requisitos de nacionalidad o residencia legal establecidos en las bases.
  • Estar empadronado y residir efectivamente en Mairena del Aljarafe durante, al menos, el año inmediatamente anterior a la solicitud.
  • Que la vivienda sea tu residencia habitual y permanente y coincida con el domicilio de empadronamiento.
  • Cumplir los límites de ingresos establecidos en las bases reguladoras.
  • Cumplir los requisitos relativos a la titularidad de otras viviendas.
  • Que los gastos o deudas correspondan al período subvencionable y no hayan sido subvencionados anteriormente.
  • En la Línea 1, estar al corriente del pago del alquiler.
  • En la Línea 3, que la deuda no esté sometida a un procedimiento judicial iniciado antes de presentar la solicitud.

2) PREPARA LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:

PARA TODAS LAS AYUDAS:

  • DNI, NIE o documento identificativo en vigor.
  • Anexo I: solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
  • Anexo II: autorización para consultar datos. Debe aportarse uno por cada integrante de la unidad de convivencia que deba autorizar las consultas acompañado del DNI, NIE o documento identificativo en vigor.
  • Anexo III: comunicación de datos bancarios.
  • Documentación acreditativa de las circunstancias personales o familiares por las que se solicite puntuación, si procede:
  • Mayores de 65 años o Menores de 40 años (del titular): Se comprueba con el DNI.
  • Familia Monoparental: Libro de Familia y convenio regulador o sentencia judicial o cualquier otro documento que lo acredite que no exista pensión compensatoria, ni segundo progenitor que aporte ingresos.
  • Familias con hijos menores de 25 años o mayores con discapacidad: Libro de Familia.
  • Discapacidad o Dependencia de cualquier miembro de la unidad familiar o de convivencia: Resolución oficial o certificado que reconozca el grado de discapacidad o dependencia.
  • Víctima de Violencia de Género: Acreditación por cualquiera de los medios previstos en el artículo 30.1 de la Ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
  • Situación de Desempleo (del titular): Si no autorizas la consulta, debes aportar Informe de Vida Laboral y certificado del SEPE.

ADEMÁS, PARA CADA AYUDA:

Línea 1:

  • Alquiler habitual Contrato de alquiler
  • Certificado del arrendador de estar al corriente del pago del alquiler o justificante de pago de todos los meses incluidos en el periodo subvencionable
  • Al menos dos justificantes de pago abonados dentro del periodo subvencionable
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante.

Línea 2:

Línea 2A. Fianza de alquiler:

  • Contrato de alquiler
  • Justificante del pago de la fianza.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante

Línea 2B. Gastos de notaría y registro:

  • Certificado bancario de titularidad del préstamo hipotecario o recibo de la hipoteca del mes anterior a la presentación de la solicitud
  • Facturas de notaría y/o registro y justificantes de pago
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante

Línea 3:

Línea 3A. Deudas de comunidad:

  • Certificado de la comunidad que detalle las cuotas pendientes, indicando mes, año e importe
  • Justificantes de las mensualidades efectivamente abonadas dentro del periodo subvencionable
  • Certificado bancario de la cuenta de la comunidad (la ayuda se ingresa directamente a la Comunidad).

Línea 3B. Deudas de alquiler:

  • Contrato de alquiler
  • Certificado del arrendador que detalle las mensualidades pendientes, indicando mes, año e importe
  • Al menos dos justificantes de pago abonados dentro del periodo subvencionable
  • Certificado bancario de la cuenta del arrendador (la subvención se paga directamente a la persona arrendadora)

Línea 3C. Deudas hipotecarias:

  • Certificado bancario que detalle las cuotas mensuales vencidas y no pagadas
  • Al menos dos justificantes de pago abonados dentro del periodo subvencionable
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria de la persona solicitante.

¿DÓNDE Y CÓMO PRESENTO LA SOLICITUD?

La solicitud se presenta EXCLUSIVAMENTE POR VÍA ELECTRÓNICA (teniendo en cuenta lo contemplado en el artículo 12 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe: https://mairenadelaljarafe.sedelectronica.es/

El plazo es de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Sevilla, DESDE el 9 DE NOVIEMBRE AL 20 DE NOVIEMBRE, AMBOS INCLUSIVE.

EL HORARIO DE LA OFICINA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL Y TELEFÓNICA SERÁ DE LUNES A VIERNES, DE 10 A 13.30 HORAS.

PASOS A SEGUIR:

  1. Accede a la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
  2. Catálogo de trámites – Trámites destacados (Subvenciones en materia de vivienda).
  3. Iniciar tramitación electrónica.
  4. Identifícate electrónicamente mediante los sistemas admitidos por la Sede.
  5. Cumplimenta los modelos ANEXO I, II y III y fírmalos electrónicamente.
  6. Adjunta la documentación necesaria, según la línea de subvención que solicites (Artículo 9 de las Bases Reguladoras: Solicitudes y documentación).
  7. Registra electrónicamente la solicitud y guarda el justificante de presentación.

IMPORTANTE:

  • Una misma unidad familiar o de convivencia solo puede pedir una línea de subvención.
  • En las líneas 2 y 3 solo puedes solicitar una de las modalidades previstas en cada línea.
  • Todos los apartados del ANEXO I deben estar cumplimentados (Declaraciones responsables y la autorización para que el Ayuntamiento revise el empadronamiento histórico).
  • Si no autorizas la consulta de datos mediante el ANEXO II, tendrás que aportar la documentación acreditativa correspondiente. Se debe rellenar un ANEXO II para cada una de las personas mayores de edad que integren la unidad familiar o de convivencia, acompañado del documento de identidad.
  • Revisa que todos los documentos sean legibles y estén completos. No basta con cumplimentar la solicitud. Es necesario firmarla y presentarla electrónicamente, obteniendo el correspondiente justificante de registro. Antes de registrar tu solicitud, comprueba que has cumplimentado y firmado todos los Anexos y que has adjuntado todos los documentos exigidos para la ayuda que solicitas. La presentación incompleta puede dar lugar a un requerimiento de subsanación.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las obligaciones tributarias con la Diputación Provincial de Sevilla y el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe.
  • Las listas y comunicaciones del procedimiento se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica municipal. Es responsabilidad de las personas solicitantes consultar dichas publicaciones.

¿QUÉ AYUDA PUEDO SOLICITAR?

  • Línea 1: Pago del alquiler de vivienda habitual, siempre que esté al corriente de pago: 2 mensualidades con un máximo de 1.000 €
  • Línea 2A: Fianza de alquiler: 800 €
  • Línea 2B: Gastos de notaría y registro por compra de vivienda habitual: 500 €
  • Línea 3A: Cuotas pendientes de comunidad: 2 cuotas con un máximo de 200 €
  • Línea 3B: Deudas de alquiler
  • Línea 3C: Deudas hipotecarias vencidas: 2 mensualidades con un máximo de 1.000 €

Los gastos deben haberse realizado dentro del período subvencionable establecido en las bases. No se admitirán gastos ya subvencionados en convocatorias anteriores ni gastos financiados por otras ayudas para la misma finalidad y período.

PLAZOS Y COMUNICACIONES

  • Subsanación: si falta algún documento o existe algún defecto, dispondrás de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del requerimiento para corregirlo.
  • Alegaciones: tras la publicación de la propuesta provisional de resolución, dispondrás de 10 días hábiles para presentar alegaciones.